EL CASO DEL PARQUE ACUATICO PUEDE SER UN FUENTEOVEJUNAZO

                                              Vecinos y el fuenteovejunazo


 En el espacio Quilmesadiario, del querido colega Pedro Navarro, se destaca la gestión de los vecinos del Museo del Transporte que se están movilizando para evitar que en el lugar se instale el Parque Acuático, pretensión de la Municipalidad de Quilmes que comanda la intendenta Mayra Mendoza. Una obra que ya comenzó sin consulta ni la adopción de los recaudos correspondientes.

Los vecinos siguen sumando firmas para oponerse a esta iniciativa, arguyendo que no es el lugar indicado porque se quebraría la decisión de don Carlos Hillner y Decoud, quien donó el predio para el Museo. Además, entre otros argumentos para oponerse ponen en el tapete la realidad que dice que muchos vecinos no tienen agua y parece una broma macabra decidir ubicar en el sitio un parque acuático.

Algunos sostienen que la reacción vecinal -ya juntaron 16.500 firmas virtuales y 2000 físicas- podría convertirse en una especie de Fuenteovejunazo (en recuerdo del mítico texto teatral de Lope de Vega, publicado cinco siglos atrás en la literatura española cuando los vecinos se oponen a un alcalde que les mortificaba la vida, por cierto con el desenlace menos esperado como la muerte del alcalde, que es definida por los vecinos como decidida por los propios habitantes). ¿Quién  mató al alcalde? es la pregunta, y la respuesta contundente: Fuenteovejuna, señor.

Vale señalar que no se pretende llegar a este punto máximo, en todo caso es una parodia que hace a la manera de encarar la situación. Una definición en sentido figurado.

EL RECLAMO

El jueves pasado un grupo de vecinos asistió al municipio y realizaron presentaciones ante el Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante.

Destacaron que vía email hicieron la presentación ante la defensoría del pueblo.

En el petitorio efectuado, los vecinos dicen no haber sido escuchados, consultados y/o convocados sobre el proyecto de instalación del parque acuático en el Museo del Transporte, que constituiye un patrimonio único desde lo histórico, cultural y natural de la ciudad de Quilmes.

El pedido sostiene que el objetivo es que no se alteren las condiciones actuales y que en forma inmediata cese la obra iniciada y su posterior traslado a un espacio más adecuado.

TODO ES HISTORIA

En el rubro historia, los vecinos repasan los orígenes del Museo. Se recuerda que don Carlos Hillner y Decaud fue adquiriendo en Europa y América una colección más importante del país en carruajes antiguos. Son modelos creados entre 1860 y 1900. En 1952 donó al estado provincial todo el predio, con esa colección, las caballerizas, el casco histórico y las demás edificaciones existente, con la condición de no desnaturalizar el espacio, conservar el patrimonio y la identidad.

Asimismo, destinó parte del mismo a la Dirección de Escuelas para que se creara una Escuela Agropecuaria y un área de recreación para la infancia. En 1978 la provincia cedió todo el predio a la Municipalidad de Quilmes.

En 1940 Carlos Hillner y Decoud ya había donado al Consejo Escolar de Quilmes una importante propiedad para que funcione la Escuela Primaria Nro. 3, que lleva el nombre del fundador.

LA REUBICACION

El pedido de reubicación del parque acuático explica que el espacio museológico, de unas 4,5 hectáreas, está conformado por los edificios, la valiosa colección de carruajes y su entorno natural que es área de encuentro para las familias y los vecinos de Quilmes y alrededores.

Se dice que hace meses se firmaron los decretos 3063, 3434, 3756 y 4208 de este año, aunque los vecinos recién lo conocieron  cuando se puso un cartel en el lugar hace unos días.

En el pedido de reubicación los vecinos explican los motivos:

1) Un parque acuático no tiene ninguna relación con la identidad del Museo del Transporte y descontextualiza su espacio museológico.

2) Para construir esta obra deberán talar árboles, quitar pinturas y eliminar el césped que son parte de la belleza del lugar.

3) La donación de esa área no fue hecha para este fin sino para conservar un patrimonio histórico y cultural único, con su área natural, la misma que se perdería con la concreción del cuestionado proyecto de construcción.

4) Iniciar el procedimiento administrativo para que el Concejo Deliberante declare "Paisaje protegido" o "Reserva cultural y natural" a todo el predio del Museo Histórico del Transporte Carlos Hillner y Decoud.

¿RECURRIR A LA CORTE?

Dicen los vecinos autoconvocados que se reservan el derecho a ampliar oportunamente los fundamentos del pedido, pues la norma que ordena y habilita este proyecto posee en sus fundamentos graves vicios y por ello se peticiona la suspension de los efectos y derogación final de dicho cuerpo normativo.

Se afirma que "ninguna ley, decreto, ordenanza, puede imponer una limitación genética a derechos de raigambre constitucional como lo son el derecho a la propiedad, el medio ambiente, etcétera. Mucho menos, cuando dicha limitación proviene de una norma de inferior rango como es el caso de estos decretos. Además, la generalidad y amplitud que denotan los mismos, revelan la ausencia de elementos de juicios concretos e individualizados que permitan sospechar de la existencia de circunstancias excepcionales que justifiquen la razonabilidad de la viabilidad de dicho proyecto.

"Plantean caso federal a todo evento, en caso de mantener incólume su postura y atento a que las disposiciones de la resolución atacada violentan en forma flagrante -tal cual lo expuesto, principios constitucionales básicos- dejamos planteadas desde ya, la reserva del caso federal para, oportunamente, concurrir ante la Corte Suprema de Justicia, en resguardo de los derechos que consideramos transgredidos y que fueran expuestos a lo largo del presente".

"Es así que por reserva, para el caso de mantener la vigencia de los decretos enunciados, sin atender los derechos, argumentos, fundamentos de hecho y derecho que se desarrollan en este libero, concurrir ante la Corte Suprema de Justicia por vía del artículo 14 de la ley 48, desde que ello importa, en suma, un claro agravio contra el derecho de legalidad, de reserva, a la propiedad, al medio ambiente, a los derechos a la defensa en juicio y violación del debido proceso legal adjetivo (artículos 14, 17, 18, 19 y 28 de la  Constitución Nacional), violatorio del régimen jurídico, vigente, además de contraponerse con el bloque de constitucionalidad federal, conformado por las convenciones de Derechos Humanos incorporadas como normas supra legales a la Constitución Nacional (artículo 75 inciso 22).

"En caso de no haber lugar a lo aquí peticionado y no derogarse la norma cuestionada, no podría entonces configurar una "derivación razonada del derecho vigente", sino la voluntad unilateral, dogmática y arbitraria, contrapuesta con la ley vigente, todo lo cual constituye una cuestión federal suficente en los términos de la doctrina de la CSJ, puesto que sería confirmar lo ilusorio del derecho de defensa de las personas afectadas, ajena por completo a la imposición que eventualmente podría imponerse y la frustración, en su perjuicio, del derecho federal y normas constitucionales precitadas. Habría, en tal caso, una incuestionable falta de consideración a los principios y garantías constitucionales indicados, sin atenderse conforme al derecho vigente, cuestiones conducentes, decisivas o relevantes de la cuestión planteada, y un arrebato al orden normativo vigente, contrario a la ley, que vulneraría irremediablemente el derecho de propiedad, legalidad y de defensa de los vecinos quilmeños, al ser afectada por el cumplimiento de una obligación antijurídica, ilegal, impuesta arbitrariamente.

"Un verdadero exceso de la administración, ya que el municipio debe emitir actos legitimados en el derecho vigente. Una resolcuión no ajustada a derecho y a los fundamentos aquí explayados es equiparable a lo que la CSJ denomina fundamento aparente de una resolución, sea porque implica una afirmación dogmática no apoyada en las normas aplicables. La conclusión se impone entonces por su propio peso. El derecho vigente es claro y debe ser resguardado y observado por el municipio".

Hasta aqui el reclamo de los vecinos y el pedido a la Municipalidad para que se deje de lado lo que entienden es un despropósito. Esto recién empieza y se espera que desde la intendencia se tenga en cuenta lo que parece ligado al sentido común. Pero si se insiste en el proyecto, que ya está en marcha con las obras, seguramente la acumulación de firmas serán un paso previo a una acción fuenteovejunesca de los vecinos.

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