CON FICHA LIMPIA, MENDOZA PIONERA EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION

                                                      Provincia de Mendoza


 La provincia de Mendoza se ha convertido en auténtica pionera en la lucha contra la corrupción, por la sanción y reglamentación de la ley de Ficha Limpia, una iniciativa que está en el congreso nacional desde hace tiempo pero sigue durmiendo el sueño de los justos.

Por esta ley en Mendoza no podrán haber candidatos ni acceder a un cargo público los que hayan sido condenados en primera instancia por los delitos de corrupción, contra la libertad y la integridad sexual, entre otros.

El gobernador cuyano, Rodolfo Suárez, subrayó que la norma los posiciona como la primera provincia que impide a los que cometieron delitos de corrupción, contra la libertad e integridad sexual, entre otros, acceder a una candidatura u ocupar un cargo público de funcionario.

Vale destacar que se aplica a todos los poderes del Estado y según dijo el gobernador, forma parte de la esencia del fortalecimiento del sistema democrático en el combate contra la impunidad en la función pública.

La ley dice que no podrán ser candidatos a cargos partidarios ni precandidatos en elecciones primarias, ni candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos quienes estén condenados en juicio oral y público, a pena privativa de la libertad, aunque la sentencia no esté firme y la pena fuera de cumplimiento en suspenso, por delitos contra la administración publica.

También se contemplan delitos contra el orden económico y financiero, contra la integridad sexual, contra el estado civil de las personas y contra la libertad.
Uno de los principales cambios que se operó en el Senado provincial fue incorporar el delito de homicidio simple como condicionante a la hora de aspirar a un cargo electivo. La iniciativa volvió a Diputados para su sanción.

También se incorporaron delitos graves condenables como delito contra la propiedad: robo seguido de muerte, conducción imprudente que cause víctimas fatales, delitos contra la libertad, extorsión, coacciones agravadas, estafas agravadas cuando tiene perjuicio para el Estado, y delitos contra el orden público y contra los poderes constitucionales. Y delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional del Título X del Libro II del Código Penal.

Los partidos deberán exigir a los candidatos de sus listas, para cualquier cargo electivo provincial y municipal, el Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.

Mendoza, en síntesis, tiene la espectacularidad de dar el puntapié inicial en la materia y se espera que otros distritos, incluso el Congreso Nacional, termine sancionando una iniciativa similar.

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