SUSPENSION TEMPORARIA DE CORTE DE SERVICIOS

Desde el gobierno nacional se decidió la suspensión temporaria de corte de servicios por falta de pago, en virtud de la pandemia del coronavirus.
Con el objetivo de garantizar los servicios esenciales para el desarrollo de la vida diaria en el marco de la emergencia sanitaria, el gobierno nacional dispuso que las empresas prestadoras de servicios tales como el suministro de energía eléctrica, agua, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable no podrán suspenderlos por falta de pago -hasta tres facturas consecutivas o alternas-.
La medida será por 180 días y comprende a usuarios de la Asignación Universal por Hijo y Asignación Universal Escolar, jubilados y pensionados, a los que perciben seguro de desempleo, usuarios electrodependiente, MiPyMES, cooperativas de trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el INAES, instituciones de salud, públicas y privadas, y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria, entre otros.

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