MEDIA SANCION


Es una costumbre periodística que debe ser aclarada. Hoy que el Congreso está sesionando con el tratamiento de temas trascendentes, como es la reforma del Código Civil y Comercial o la responsabilidad civil de Estado, se habla de media sanción, cuando una de las cámaras -Senado y/o Diputados- aprueba una norma. Y en realidad es incorrecto el término porque no se sanciona la mitad de una ley sino toda, en toda cosa se debe decir que tal cámara sancionó tal norma, aclarándose que faltará la sanción de la otra Cámara para su aprobación definitiva por el Parlamento. Pero nunca media sanción, sino sanción a secas de la cámara tal.
Claro está, el uso y la costumbre parece haber instalado la definición, y será difícil que cambien los términos.

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