INDEMNIZACION A HINCHA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a la Asociación del Fútbol Argentino, al Quilmes AC y al gobierno de la provincia de Buenos Aires a pagar una indemnización por "daño moral" a un espectador que fue agredido durante una refriega entre la hinchada y la policía durante un partido.
El abogado de la víctima, Osmar Domínguez, aseguró a DyN que la Corte "fijó un piso de resarcimiento por daños y perjuicios, equivalente al sueldo de un ministro de ese máximo tribunal para todo aquel que siendo víctima de un hecho y sin haber sufrido secuelas invalidantes pueda reclamar indemnización".
El hecho ocurrió el 6 de noviembre de 1999 en la cancha de Quilmes, cuando Carlos Alberto Migoya, simpatizante de Chicago, miraba el partido en la hinchada visitante y a los 12 minutos se produjeron graves incidentes que derivaron en la intervención de la policía.
Migoya recibió "más de 20 impactos simultáneos enb el cuerpo" efectuados con balas de goma, perdió el equilibrio y fue embestido por los que buscaban refugiarse de la agresión. Su cabeza golpeó con los peldaños de la tribuna y terminó tendido y en grave estado, dice el fallo.
La víctima acusó al Quilmes AC por lo ocurrido por ser éste el escenario de los hechos y porque contrató al personal de seguridad, pero también lo hizo al gobierno bonaerense "por mal ejercicio del poder de policía" y a la AFA "por ser los organizadores del espectáculo".
La AFA se defendió subrayando que es una asociación civil que sólo coordina los partidos y culpó a Quilmes y a la policía. El club afirmó que si bien los hechos ocurrieron en su estadio no tenía responsabilidad porque el daño fue de la policia, mientras que el gobierno bonaerense sostuvo que el demandante debía probar que la policía actuó en forma ilegítima.
El caso llegó a la Corte en forma directa y el alto tribunal dijo que hubo un proceder inadecuado de la policía y que debía admitirse la responsabilidad del Estado provincial por su falta de prestación de seguridad.
La Corte sostuvo que hubo manifiesta negligencia del club en los controles de la seguridad a su cargo para evitar que los concurrentes llevaran "objetos peligrosos, como petardos o bombas de estruendo cuya detonación apareció como generadora de los desmanes".
También deberá indemnizar la AFA por ser la entidad rectora del fútbol argentino, que fue la organizadora y beneficiaria del espectáculo deportivo que provocó la lesión.
La Corte remató que no había que indemnizar a Migoya por las lesiones que sufrió sino por el daño moral frente "al detrimenteo de índole espiritual" que le provocó este episodio. El resarcimiento fijado es de 50.600 pesos más intereses.

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