En cuanto a las actividades permitidas para la nueva cuarentena que empieza el 1 de julio, deben ser sin uso de transporte público -colectivos, trenes o subtes-, siempre que el empleador garantice el traslado de los trabajadores.
He aquí las actividades: Talleres para mantenimiento y operación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente, para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a la prestaciones de la salud o al personal con autorización para circular conforme a la normativa vigente.
Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.
Fabricación de materiales, venta y reparación de los mismos, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas.
Vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular conforme a la normativa vigente.
Venta de artículos de librería e insumos informáticos, bajo la modalidad de entrega a domicilio.
Industrias que se relacionen bajo procesos continuos. Producción y distribución de biocombustibles. Venta de insumos y materiales de construcción provistos por corralones.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
Servicios imprescindibles de mantenimiento y fumigación.
Práctica deportiva desarrollada por los atletas que se encuentran clasificados para los XXXII Juegos Olímpicos.
Personal afectado a las actividades de demolición y excavación por emergencias.
Venta de mercaderías ya elaboradas para comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico.
Venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras, que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios.
En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual.
Producción parea la exportación con autorización previa, otorgada por el ministerio de Desarrollo Productivo.
Actividad económica en parques industriales.
He aquí las actividades: Talleres para mantenimiento y operación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente, para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a la prestaciones de la salud o al personal con autorización para circular conforme a la normativa vigente.
Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.
Fabricación de materiales, venta y reparación de los mismos, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas.
Vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular conforme a la normativa vigente.
Venta de artículos de librería e insumos informáticos, bajo la modalidad de entrega a domicilio.
Industrias que se relacionen bajo procesos continuos. Producción y distribución de biocombustibles. Venta de insumos y materiales de construcción provistos por corralones.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
Servicios imprescindibles de mantenimiento y fumigación.
Práctica deportiva desarrollada por los atletas que se encuentran clasificados para los XXXII Juegos Olímpicos.
Personal afectado a las actividades de demolición y excavación por emergencias.
Venta de mercaderías ya elaboradas para comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico.
Venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras, que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios.
En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual.
Producción parea la exportación con autorización previa, otorgada por el ministerio de Desarrollo Productivo.
Actividad económica en parques industriales.
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